Saturday, February 5, 2011

Variación hechos - El artículo 2 años

Introducción

Hace poco recibí una consulta de un abogado practicante pedir consejo sobre el uso de escrituras de variación. El abogado en cuestión estaba actuando por cuenta de clientes, que desean modificar los términos de la voluntad de su padre para pagar una disposición más justo de los activos entre los miembros de la familia. Normalmente esto sería una de las situaciones en que un Acta de modificación podría ser empleado. Sin embargo, la muerte del testador fue hace 6 años.

La consulta fue a pesar del retraso en el tiempo, podría un Acta de modificación seguir utilizando sin pedir que se aplique retroactivamente a los efectos del impuesto de sucesiones y el impuesto sobre las ganancias de capital?

El propósito de la Regla 2 años

A modo de resumen de mi artículo anterior, para ser válido un Acta de modificación debe cumplir con tres condiciones;

Debe hacerse por escrito.
Todas las personas que eran beneficiarios en el testamento original y todas las personas que se benefician de las variaciones propuestas en la Escritura tiene que firmar la escritura.
No se puede dar por su dinero o el valor del dinero.
Debe hacerse dentro de los 2 años de la muerte del difunto.

Uno de los usos más importantes de un Acta de modificación debe afectar a las obligaciones fiscales en una finca. Por lo tanto, de una escritura sea válida, debe hacerse dentro de dos años de la muerte del testador con el fin de aplicarse de forma retroactiva para imposición de las plusvalías y el impuesto de sucesiones. Si un Acta de modificación no cumple con esto - o cualquiera de las otras condiciones - deja de tener retrospectiva afectan a efectos fiscales, y equivale a nada más que una transferencia de valor - es decir, un regalo.

Habiendo servía de enlace con la Agencia Tributaria sobre este tema, es evidente que las obras de variación son sólo para ser utilizados en el período de 2 años como, por citar a un asesor de Hacienda "no tendría ningún sentido en el uso de estos instrumentos después de esa hora, ya que proporcionaría ningún beneficio ahorro fiscal ".

que otras condiciones - deja de tener afectan retrospectiva a efectos fiscales, y equivale a nada más que una transferencia de valor - es decir, un regalo.

Habiendo servía de enlace con la Agencia Tributaria sobre este tema, es evidente que las obras de variación son sólo para ser utilizados en el período de 2 años como, por citar a un asesor de Hacienda "no tendría ningún sentido en el uso de estos instrumentos después de esa hora, ya que proporcionaría ningún beneficio ahorro fiscal ".

Cambio de la voluntad después de que el Año 2 Periodo

Así que, ¿qué hacer si usted quiere cambiar los términos de un testamento después de que el período de 2 años? Como se indicó anteriormente, en un Acta de modificación no se ajusta a la regla de 2 años, cualquier tipo de disposición de los beneficiarios que buscan hacer a través de la cantidad Escritura a nada más que la simple transferencia de valor, regalos. Por lo tanto, el enfoque a adoptar sería hacer potencialmente transferencias exentas de los activos que los beneficiarios tratar de redistribuir.

Esto es tan simple como entregar el regalo, o decir "me rindo mi interés y el regalo a usted. Siempre es recomendable sin embargo, especialmente cuando los intereses sustanciales en propiedades involucradas, para escribir un memorando de la transferencia potencialmente exentos. Esta exposición debe incluir el nombre de la persona que da el don, el don a quien se le da y la fecha.

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